**Etiquetado de Alérgenos en vinos



El Reglamento se votó el día 21/6 y se publicará el 30/6 en el DOCE.

Sólo habrá que etiquetar presencia de derivados de leche y huevos si se detecta presencia en el producto final.

La presencia se va a determinar en base a los requisitos y criterios de eficacia de la OIV para los métodos ELISA que pueden emplearse en la detección de las proteínas con potencial alergénico.

Aplicará a los vinos cosechados a partir de la vendimia 2012 y siguientes.

En cuanto al régimen lingüístico, se adjunta tabla con las exigencias idiomáticas para las indicaciones de cada Estado miembro, como ya ocurrió en el caso de los sulfitos.

En España, la indicación de presencia de derivados del huevo y/o de la leche tendrá que hacerse en español.

Algunos Estados admitirán el inglés junto con el pictograma.



Para más información: Etiquetado de alérgenos
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